Preguntas frecuentes

¿Tiene preguntas sobre el programa de reembolso para vehículos eléctricos usados de SDG&E? Nuestras preguntas frecuentes cubren
todo, desde los criterios de elegibilidad hasta el proceso de solicitud.

Proceso de solicitud

¿Qué pasa si el solicitante no ha presentado impuestos correspondientes al año en que se compró o alquiló el vehículo?

Si el IRS aún no ha requerido la presentación de la declaración de impuestos del año de compra o arrendamiento, se utilizará el año fiscal más reciente requerido por el IRS para verificar la elegibilidad de ingresos del solicitante. El Programa de Reembolso para Vehículos Eléctricos Usados de SDG&E comenzará a solicitar el año fiscal 2024 para las solicitudes presentadas a partir del 16/4/2025.

Si aún no se ha presentado la declaración de impuestos del año que solicitamos actualmente, se solicitará la declaración de impuestos presentada más recientemente dentro de los dos años posteriores al año de la compra o el arrendamiento del vehículo para la verificación de ingresos.

Si el solicitante no ha presentado una declaración de impuestos dentro de los dos años posteriores a la compra o el arrendamiento del vehículo, SDG&E podrá, a su entera discreción, considerar documentación adicional para calcular los ingresos. Por ejemplo, talones de pago, formularios W-2, documentos de prestaciones del Seguro de Ingreso Suplementario (SSI), etc.

Solicitar una prórroga para el año fiscal solicitado no se considera una presentación para el cálculo de ingresos del programa. En estos casos, se podría solicitar documentación adicional para evaluar los ingresos del solicitante correspondientes al año fiscal no declarado. Si el solicitante no puede proporcionar la documentación adicional solicitada para la verificación de ingresos, no podrá optar a la opción Reembolso Plus.